Alonso de Salazar y Frías (Burgos, 1564 - ?
,1636) fue un sacerdote e inquisidor español cuya fama se
debió principalmente a su participación en el tribunal de la Inquisición
española de Logroño que juzgó el caso de las brujas
de Zugarramurdi en 1610. En la discusión de la sentencia y sobre todo
en la posterior revisión del caso ordenada por el Consejo
de la Suprema Inquisición destacó por su oposición a dar credibilidad a las
teorías sobre brujería. Su exhaustivo memorial enviado a la Suprema constituyó
la base para que la jurisprudencia inquisitorial española fuera escéptica sobre
la realidad de la brujería y que fuera
muy reticente a aceptar las denuncias por ese tema.
Firma de Salazar y Frías |
Alonso de Salazar nació en Burgos en 1564 en el seno de una familia de
mercaderes y altos funcionarios. Estudió derecho canónico en Salamanca y Sigüenza y posteriormente se ordenó sacerdote. Fue
destinado a las diócesis de Jaén y Toledo donde trabajó
a las órdenes del obispo de ambas, Bernardo de Sandoval y Rojas,
tío del Duque de Lerma, valido
de Felipe III.
Accedió al Santo Oficio en 1609,
incorporándose en julio de 1610 al tribunal de Logroño donde los inquisidores Alonso Becerrra
Holguin y Juan del Valle
Alvarado ya tenían abierto un gran proceso por brujería en el
que se mostraron mucho más intolerantes que Salazar. Este proceso fue la
primera y última gran causa por brujería que se produjo en España y tuvo lugar
en las localidades navarras de Zugarramurdi y Urdax.
A la llegada de Salazar el proceso ya estaba en marcha. Se inició cuando
una tal María de Ximildegui afirmó
haber participado en aquelarres en presencia de otras
personas de Zugarramurdi. Algunos de los denunciados admitieron los hechos y
denunciaron a su vez a otras personas. Las coincidencias en los testimonios
terminaron de convencer al tribunal de la veracidad de las denuncias. Estos
incluían descripciones de las orgías, del aspecto de las apariciones demoníacas
y de los ritos llevados a cabo.
En junio de 1610 los inquisidores acordaron la sentencia de culpabilidad de
veintinueve de los acusados. Sin embargo, Alonso de Salazar y Frías, quien al
haberse incorporado al tribunal en julio del año anterior no había participado
en los interrogatorios de los principales inculpados, votó en contra de la
condena a la hoguera de María de Arburu por falta de pruebas. Tras la
celebración del auto de fe en noviembre de 1611 —en
el que dieciocho supuestos brujos y brujas fueron reconciliados, seis fueron
quemados vivos y cinco lo fueron en efigie— Salazar comenzó a dudar también de
la culpabilidad del resto.1
En los meses siguientes al auto de fe se desató una fiebre por la caza de
brujas en toda la región que se materializó en miles de acusaciones. Las dudas
de Salazar sobre la culpabilidad de los condenados fueron secundadas por otros
importantes clérigos que atribuían las confesiones a la superstición y a la
incultura, tales como el obispo de Pamplona, Venegas y Figueroa.
Por este motivo, el Consejo de la Inquisición ordenó a Salazar que visitara
las montañas de Navarra con el objeto de recabar información y testimonios de
primera mano, con órdenes de no forzar las confesiones y no amenazar a los
cuestionados. A partir de mayo de 1611 recorrió durante casi ocho meses la zona
en plena fiebre de brujería. Recabó miles de testimonios inconsistentes y
contradictorios, no pudiendo encontrar ninguna prueba sólida de que los aquelarres hubieran tenido lugar. Los testigos se
contradecían y supuestos ungüentos y pócimas resultaron ser falsos. En un
informe al Inquisidor General escribió que no había encontrado un solo
testimonio sólido de que hubiesen tenido lugar actos de brujería y que las
declaraciones de los supuestos testigos por sí solos no debían ser tomados como
prueba suficiente.
En el informe final de 1613 denunció la pobre instrucción, ya que no se
anotaron los cambios en las declaraciones de los acusados ni sus
contradicciones. Concluyó que no era posible determinar que se hubiera
producido acto alguno de brujería, ya que los hechos descritos eran con
frecuencia imposibles, como volar por el aire o asistir a aquelarres mientras las brujas permanecían en la cama, y
que, en caso de que efectivamente hubiese intervención del demonio, resultaba
muy difícil explicar que sus actos fueran denunciados de forma tan fácil,
incluso con el testimonio de niños pequeños.
Así, tras la revisión a fondo del caso ordenada por el Consejo de la Suprema
Inquisición Salazar se arrepintió completamente de la sentencia
que él también había firmado al considerar que se había cometido una "terrible
injusticia".2 Salazar
escribió en su informe final lo siguiente:3
Cometimos culpa el tribunal... [al no reconocer] la ambigüedad y
perplejidad de la materia. Cometimos [defectos] en la fidelidad y recto modo de
proceder... en que no escribíamos enteramente en los procesos circunstancias
graves... ni las promesas de libertad que les hacíamos, careaciones entre sí...
y otras sugerencias para que acabasen de confesar toda la culpa que queríamos,
reduciéndonos nosotros mismos a escribir sólo para llevar mayor consonancia de
hacerlos culpados y delincuentes. Tanto que también por esto dejamos de
escribir muchas revocaciones.
En 1614 la Suprema promulgó unas "instrucciones" o criterios de
obligado cumplimiento, que seguían fielmente las recomendaciones dadas por
Salazar y que formaron la base de la jurisprudencia posterior en la materia.
Entre ellas se incluyeron métodos para recabar testimonios fiables basados en
hechos empíricos y no en meros testimonios de segunda mano. También se
desacreditó el Malleus Maleficarum,
que había sido el manual seguido hasta entonces por el Santo Oficio sobre
brujería y que se basaba en leyendas y casos sin confirmar. Además se siguieron
recomendaciones de Salazar de mantener en lo posible la discreción sobre estos
casos para evitar el contagio y la paranoia sobre la existencia de brujería.
Según el propio Don Alonso, hacia 1617 pudo informar al Alto Tribunal de que la
paz se había impuesto de nuevo en las tierras de Navarra.
El proceso de las brujas de Zugarramurdi se
vio espoleado por la fiebre por la caza de brujas que estaba teniendo lugar en
toda Europa, muy especialmente el sur de Alemania. Poco antes, en 1609, había
tenido lugar un gran proceso por brujería en Labort, al norte de la frontera con Francia en el país vasco francés,
llevado a cabo por el juez Pierre de Lancre, en la que fueron quemadas cerca de 80 brujas
y brujos. Este proceso sin duda influyó para desatar la fiebre al sur de la
frontera.
La Inquisición fue siempre muy escéptica en temas de brujería, pero fueron
las Instrucciones de 1614 inspiradas por Salazar las que pusieron fin
definitivamente a los grandes procesos por brujería en España. A partir de
entonces y salvo contadas excepciones, las acusaciones de brujería se saldaron
con absoluciones o penas simbólicas. En algunas ocasiones fue la inquisición la
que paralizó procesos iniciados por la justicia civil como el de 1616 en Vizcaya, donde el propio Salazar evitó que se quemara ninguna
bruja.
Salazar y Frías se destaca como un faro del racionalismo en la rigurosa
España de la época, y así fue reconocido por autores posteriores,
principalmente por el folklorista danés Gustav Henningsen, que en 1980 publicó
su extensa obra The Witches' Advocate (El abogado de las
brujas), considerada una de las mejores obras sobre brujería en España.
También Julio Caro Baroja trató
su figura en Las Brujas y su Mundo.
Según Carmelo Lisón Tolosana,
"la argumentación de Salazar en sus escritos a la Suprema está
caracterizada por lo que podríamos calificar como su positivismo, en el sentido de que prefiere el hecho concreto,
substantivo frente a la ideación imaginativa; trata de averiguar el qué y el
cómo en el aquí y el ahora, de tejas abajo, relegando otros argumentos en
esencia teológicos a un segundo plano. Guiado
por las orientaciones de la Suprema, recoge in situ, como el antropólogo, información empírico-substantiva. [...] En su
cálculo referencial antepone la verosimilitud a la opinión generalizada,
la racionalidad a la metafísica; quiere hacer ciencia".4 Así escribe:5
Volar a cada paso una persona por el aire, andar cien leguas en una hora,
salir una mujer por donde no cabe una mosca, hacerse invisible a los presentes,
no mojarse en el río ni en el mar, estar a un tiempo en la cama y en el
aquelarre, luchar las imágenes como personas sensibles, las apariciones
continuas que han tenido de Nuestra Señora y que cada bruja vuelva en la figura
que se le antoja y alguna vez en cuerpo o en mosca con lo demás referido, es
superior a cualquier discurso.
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